Definición
Organizaciones Deportivas
Son
organizaciones deportivas los clubes deportivos y demás entidades
integradas a partir de éstos, con personería jurídica de derecho
privado, sin fines de lucro y que tienen por objeto procurar su
desarrollo, coordinarlos, representarlos ante autoridades y ante
organizaciones deportivas nacionales e internacionales.
Nivel
Central.
A
nivel central existen distintos institutos que se encargan de regular
cada disciplina, todos bajo la supervisión del ministerio del
deporte. Estos sirven de apoyo para la organización de eventos así
como también para los distintos atletas. Federaciones Deportivas
Nacionales Es la máxima autoridad deportiva aficionada de cada
disciplina; esta integrada por las asociaciones estatales del deporte
respectivo y es la encargada de dirigir todo lo relacionado a un
determinado deporte. El Ministerio del Poder Popular para el Deporte
es el órgano de la Administración Pública Nacional, responsable de
formular la política deportiva nacional, a cuyos efectos le
corresponde normas, coordinar, planificar y fomentar el desarrollo
sistemático de las actividades físicas y deportivas en todo el
territorio nacional, como política de recreación y salud pública,
en coordinación con el Ministerio del Poder Popular para la Salud;
estimular el desarrollo del deporte escolar y la educación física
en coordinación con el Ministerio del Poder Popular para la
Educación; colaborar en las actividades de alto rendimiento; evaluar
y regular las entidades deportivas del sector público y el sector
privado de conformidad con la ley; así como brindar atención
integral a los atletas e incentivar a las personas, instituciones y
comunidades que promuevan a los y las atletas, y desarrollen
actividades deportivas en el país. Comité Olímpico Venezolano:
Tiene como fin primordial, desarrollar y proteger el movimiento
olímpico, y en sí, al deporte aficionado o amateur. El Comité
Olímpico Venezolano tiene la función específica de inscribir las
delegaciones venezolanas ante los comités organizadores de los
diferentes eventos (Juegos Olímpicos, Panamericanos,
Centroamericanos y del Caribe). Y certificar la calidad de aficionado
de cada uno de los competidores, y velando, además, porque la
delegación viaje en las mejores condiciones, bien presentada, y con
todos los elementos necesarios para que en la parte física y moral
no haya problemas.
Nivel
Estatal.
En
este nivel tenemos la presencia de las asociaciones deportivas que
son entidades con jurisdicción en cada uno de los estados, Distrito
Capital y territorios federales y no podrá funcionar con menos de
seis clubes. Los Estados y el Distrito Capital tendrán un ente
deportivo público descentralizado, autónomo, adscrito al Ejecutivo
estatal o a la Alcaldía del Distrito Metropolitano; cuyos objetivos
básicos serán la promoción, difusión, planificación,
coordinación, evaluación, ejecución, asesoramiento e implantación
de las actividades físicas y deportivas en su ámbito territorial.
Articulo 4. LEFD. FUNDELA se proyecta en el ámbito deportivo y en la
colectividad en general como un ente generador de mecanismos para el
desarrollo del Deporte Larense, propiciador de amplios beneficios
para toda la sociedad. La Fundación para el Deporte del Estado Lara
es una entidad gubernamental de carácter descentralizado, orientada
a planificar, coordinar, supervisar y administrar la actividad
deportiva, los recursos humanos, materiales y financieros del sector
deportivo en el estado Lara de una forma transparente, equitativa,
objetiva, responsable y participativa.
Nivel
Municipal.
Corresponde
a los municipios fomentar y promover de manera masiva las actividades
físicas y deportivas de acuerdo a sus programas previstos en los
planes de desarrollo respectivos y ejecutar el Plan General de
Educación Física y Deporte en su ámbito territorial conforme a los
principios establecidos en esta Ley a través del ente municipal del
deporte, en estrecha coordinación con el ente público
descentralizado y la comunidad. En la mayoría de los municipios
existen Institutos Autónomos de Deporte y Recreación que buscan
impulsar el eficiente desarrollo organizado del deporte en cada
sector del municipio y así luchar contra los flagelos que día a día
asechan a nuestras comunidades.
Comité
Olímpico
Internacional.
Organismo
encargado de coordinar las actividades del Movimiento Olímpico,
supervisar y administrar todo lo concerniente a los juegos olímpicos,
así como seleccionar las ciudades que serán sedes de estos juegos
cada 4 años. integrado por 205 Comités Olímpicos Nacionales.
Funciones del COI
El
COI coordina las actividades del Movimiento Olímpico. Además está
encargado de supervisar y administrar todo lo concerniente a los
Juegos Olímpicos. Es dueña de todos los derechos asociados a los
símbolos olímpicos, la bandera, himno, lema, juramento y los
juegos. Controla los derechos de transmisión de los juegos, la
publicidad y demás actividades de acuerdo a la Carta Olímpica.
Además es el organismo internacional encargado de organizar y
seleccionar las ciudades que serán sedes de los Juegos Olímpicos
cada 4 años.
Los
JJOO se inician con el encendido
de la Llama Olímpica y en ese momento es el inicio de
la Olimpiada que terminará con el encendido de la siguiente a los 4
años.
Sistema Deportivo Nacional (Distinguir forma organizacional; entre las organizaciones públicas y privadas en la sociedad venezolana).
Artículo 10:
La organización deportiva del país estará formada por los entes
del sector público y los del sector privado que desarrollan
actividades deportivas a nivel nacional, estadal, municipal y
parroquial.
Parágrafo Único: El Estado y el sector privado orientarán, capacitarán y promoverán la formación y mejoramiento del voluntariado deportivo que como eje fundamental de la organización deportiva, conduce, organiza, administra, aporta recursos financieros, enseña y entrena a la población venezolana.
Artículo 11: Los organismos nacionales, estatales, municipales y parroquiales, así como los organismos privados, prestarán asistencia y protección a las actividades deportivas públicas y privadas, y conjuntamente con los particulares velarán por su fomento y desarrollo en conformidad con los propósitos definidos en esta Ley.
Artículo 12: El Ejecutivo Nacional, los estados, los municipios, las parroquias y los entes de la organización deportiva del país, promoverán la participación de todos los sectores de la colectividad en la práctica de las distintas disciplinas deportivas. A tales fines se adoptarán las medidas necesarias para ajustar la programación, la enseñanza, la práctica, la infraestructura y todos los implementos deportivos, a las innovaciones científicas y tecnológicas aplicables a la materia. Los poderes públicos estimularán la participación progresiva de los entes de la organización deportiva del país en actividades eminentemente recreativas, educativas, formativas y: La dirección y administración del Instituto Nacional de Deportes estará a cargo de un Directorio, integrado por un Presidente y doce (12) miembros:
Parágrafo Único: El Estado y el sector privado orientarán, capacitarán y promoverán la formación y mejoramiento del voluntariado deportivo que como eje fundamental de la organización deportiva, conduce, organiza, administra, aporta recursos financieros, enseña y entrena a la población venezolana.
Artículo 11: Los organismos nacionales, estatales, municipales y parroquiales, así como los organismos privados, prestarán asistencia y protección a las actividades deportivas públicas y privadas, y conjuntamente con los particulares velarán por su fomento y desarrollo en conformidad con los propósitos definidos en esta Ley.
Artículo 12: El Ejecutivo Nacional, los estados, los municipios, las parroquias y los entes de la organización deportiva del país, promoverán la participación de todos los sectores de la colectividad en la práctica de las distintas disciplinas deportivas. A tales fines se adoptarán las medidas necesarias para ajustar la programación, la enseñanza, la práctica, la infraestructura y todos los implementos deportivos, a las innovaciones científicas y tecnológicas aplicables a la materia. Los poderes públicos estimularán la participación progresiva de los entes de la organización deportiva del país en actividades eminentemente recreativas, educativas, formativas y: La dirección y administración del Instituto Nacional de Deportes estará a cargo de un Directorio, integrado por un Presidente y doce (12) miembros:
- Dos (2) ejercerán la representación de los trabajadores y serán designados conforme a la Ley Orgánica del Trabajo;
- Dos (2) ejercerán respectivamente la representación del Comité Olímpico Venezolano y las federaciones deportivas, quienes serán escogidos de ternas de candidatos que presentarán las referidas entidades.
- Uno (1) ejercerá la representación de los atletas, quién será seleccionado de una terna de candidatos escogidos por los miembros de las selecciones nacionales de mayores, de conformidad con lo establecido en el reglamento respectivo;
- Dos (2) ejercerán respectivamente la representación de los estados y municipios, quienes serán escogidos de ternas de candidatos que presentarán los ejecutivos estatales y municipales;
- Uno (1) ejercerá la representación del Ministerio de Educación. Dicha representación recaerá el el funcionario de mayor jerarquía dentro de la unidad administrativa del Ministerio, encargada de la educación física, el deporte y la recreación.
- Tres (3) ejercerán respectivamente la representación de los Ministerios de Sanidad y Asistencia Social, Desarrollo Urbano así como del Ambiente y los Recursos Naturales Renovables; y
- Uno (1) representará al Consejo Nacional de Universidades, según designación hecha en su seno.
De los
Entes del Sector Privado de la Organización Deportiva.
Artículo 26: Son entes del sector privado de la organización deportiva:
1. El Cómite Olímpico Venezolano; El Comité Olímpico Venezolano es una asociación civil sin fines de lucro de carácter no gubernamental cuyo objetivo es el desarrollo del movimiento olímpico, la difusión de los ideales olímpicos y la representación internacional del movimiento olímpico venezolano. Constituye el órgano asociativo superior de las federaciones deportivas venezolanas admitidas en su seno, en materias propias del movimiento olímpico nacional e internacional. El Comité Olímpico Venezolano se rige por sus propios estatutos y reglamentos, y de acuerdo con los principios y normas del Comité Olímpico Internacional, en el marco del ordenamiento jurídico venezolano.
Artículo 26: Son entes del sector privado de la organización deportiva:
1. El Cómite Olímpico Venezolano; El Comité Olímpico Venezolano es una asociación civil sin fines de lucro de carácter no gubernamental cuyo objetivo es el desarrollo del movimiento olímpico, la difusión de los ideales olímpicos y la representación internacional del movimiento olímpico venezolano. Constituye el órgano asociativo superior de las federaciones deportivas venezolanas admitidas en su seno, en materias propias del movimiento olímpico nacional e internacional. El Comité Olímpico Venezolano se rige por sus propios estatutos y reglamentos, y de acuerdo con los principios y normas del Comité Olímpico Internacional, en el marco del ordenamiento jurídico venezolano.
Las
entidades del deporte federado: las federaciones
deportivas nacionales, las
asociaciones y
los clubes; Las entidades del deporte federado son organizaciones de
carácter privado
a las cuales corresponde coadyuvar a los órganos competentes del
Estado para el
cumplimiento delos fines del deporte. Estas entidades tendrán por
objeto
facilitar la
práctica del deporte y estimular la sana competencia deportiva, así
como
coordinar con los
poderes públicos la organización y el fomento del deporte. Las
entidades del
deporte federado son autónomas.
Las
organizaciones o entidades ajenas al deporte federado: Promueven
y organizan actividades deportivas en forma sistemática con fines
educativos, recreativos, sociales, de competencia o para la salud.
Las federaciones deportivas son entidades de carácter nacional y
están integradas por las asociaciones del deporte respectivo. Las
federaciones también podrán constituirse directamente por los
clubes cuando la naturaleza y características de cada deporte así
lo requieran, oída la opinión del Instituto Nacional de Deportes.
Sólo podrá ser reconocida una federación deportiva nacional por
cada deporte.
Los entes
que desarrollen el deporte profesional.
PARÁGRAFO
ÚNICO: Es obligatorio para estos entes registrarse ante
el Instituto Nacional de Deportes.
Artículo
42: Los entes privados ajenos al deporte federado
tendrán completa autonomía funcional, económica, organizativa y
administrativa, pudiendo establecer en sus estatutos y reglamentos
internos las normas que rijan sus procesos eleccionarios, su
funcionamiento, sus actividades deportivas y su régimen
disciplinario. Por consiguiente toda persona que ingresa a una
organización o club no federados lo hace en forma libre y se acoge
en consecuencia voluntariamente a sus estatutos y reglamentos.
Nota:
Las organizaciones o entidades ajenas al deporte que organicen y
promuevas actividades deportivas en forma sistemática, no con miras
a la alta competencia sino con fines educativos, formativos,
recreativos, sociales o para la salud, tendrán el apoyo de los
organismos y entes deportivos del sector público.
Estructura
funcional del MPPD. Funciones y diferencias entre el deporte
participativo y de competencia.
Misión
El avance en
materia deportiva está estrechamente relacionado al desarrollo de
las entidades que lo representan. Establecer las directrices para su
constitución, estimular su progreso y asesorarlos en la postulación
a concursos públicos de financiamiento de actividades deportivas,
son tareas centrales del IND, que se materializan a través del
Departamento de Organizaciones Deportivas.
Objetivos
estratégicos
-Promover
la creación, el desarrollo y modernización de la gestión de
las organizaciones sociales y deportivas.
-Fomentar la capacitación, el perfeccionamiento y la especialización de los dirigentes sociales y deportivos.
-Promover el mejoramiento de la gestión de las organizaciones deportivas y su diversificación para facilitar el acceso a la práctica de la actividad física y deportiva, a través de la asistencia técnica permanente.
-Fomentar la capacitación, el perfeccionamiento y la especialización de los dirigentes sociales y deportivos.
-Promover el mejoramiento de la gestión de las organizaciones deportivas y su diversificación para facilitar el acceso a la práctica de la actividad física y deportiva, a través de la asistencia técnica permanente.
Deporte
Participativo y Competitivo:
El
fin del deporte participativo es lograr promocionar la salud,
lograr la captación de nuevos talentos en el deporte y ser una
opción para consumir el tiempo libre. Es incorporado a la comunidad
y hace particular énfasis en los jóvenes sin vínculo laboral,
respetando la preferencia del deporte y los juegos tradicionales
respectivos de cada estado. No es de extrañarnos que dentro del
deporte participativo existen deportes prioritarios como lo son:
atletismo, baloncesto, fútbol, voleibol, béisbol. Ya que se prestan
a ser aplicados o ser desarrollados como tareas y omitir algunas
reglas oficiales. Para lograr un equilibrio participativo por las
desventajas entre participantes y/o atletas.
De esta manera se
podría evaluar las habilidades motrices de los deportes aplicados
participativamente. Es de suma importancia la masificación del
deporte y aún más la participación de la comunidad ya que es
responsable de la forma en que se va a llevar o ejecutar las
actividades deportivas. No es de pasar por alto las condiciones que
actualmente enfrentan las prácticas deportivas debido a la escasez y
el costo elevado para los implementos deportivos, producto de la
actual crisis económica mundial del siglo XXI e igualmente
recordando que hacer deporte es tener mejor calidad de vida a pesar
del acelerado crecimiento desmesurado del proceso de
industrialización en conjunto con la urbanización.
Toda iniciativa
de participación deportiva debe ser dirigida o apoyada por personal
técnico especialista. Con el deporte participativo se busca salirle
al paso a las carencias de las prácticas deportivas ya que el
deporte nos une y es obligatorio para todos sin distingo de raza,
credo ni posición económica.
El deporte
competitivo a diferencia del participativo se rige por las reglas,
artículos y metas, exigiendo ciertas habilidades, destrezas y serie
de enfrentamientos deportivos para poder lograr un puesto para
participar en eventos nacionales, estatales o internacionales, es
decir, pueden ser pre-clasificatorios y clasificatorios en
especialidades como participante individual o en equipo.
Es de acotar que
el deporte competitivo requiere de cierta preparación o
entrenamiento arduo y disciplinados con el objetivo centrado en la
victoria en cada juego o enfrentamiento, es decir, confrontaciones de
eliminación para lograr el objetivo: Ganar la competencia final (ser
el mejor o los mejores). Al igual que en el participativo los
entrenadores tienen la tarea de enseñar buenas técnicas, inculcar
valores y responsabilidad fuera y dentro de los campos deportivos o
escenarios de enfrentamiento y ante la sociedad.
No queda excepto,
que además de tener la mejor preparación, voluntad y decisión,
puede cualquier atleta o equipo de conjunto, quedar excluido de la
confrontación final para lograr el campeonato y/o competencia;
ejemplo: Como lo sucedido en la serie del caribe del 2.015, al equipo
Venezolano. Que apenas perdió un partido del todo contra todos y le
costó quedar fuera, del partido final para disputar el campeonato o
subcampeonato de la serie del caribe.
En
otras palabras, podemos concluir que el deporte participativo es el
semillero nato para el deporte competitivo.
Fundamentación
legal del Sistema Deportivo Nacional, para la práctica de la
actividad física y el deporte.
Constitución
de la República Bolivariana De Venezuela.
Art.
102- “La educación es un derecho
humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y
obligatoria”.Art. 103-
“Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad,
permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más
limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y
aspiraciones”.Art. 104-
“La Educación estará a cargo de personas de reconocida moralidad
y de comprobada idoneidad”.
Ley
Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física.
Art.
1º “La presente Ley establece los
principios rectores del deporte como actividad esencial del proceso
educativo y consagra que su práctica se orientará al logro de la
formación integral de los individuos, del bienestar de la población
y de la solidaridad entre las naciones”.Art.
2º “Se declara de utilidad pública
el fomento, la promoción y la práctica del deporte, así como la
construcción y dotación de la infraestructura deportiva
nacional”.Art. 6º
“Se declara obligatoria la práctica del deporte en todos los
niveles y modalidades del sistema educativo venezolano. El Ministerio
de Educación y el Consejo Nacional de Universidades adoptarán las
medidas conducentes para asegurar la practica del deporte por los
alumnos de los institutos educacionales públicos o privados”-
Es igualmente obligatoria la práctica del deporte en los institutos docentes y demás dependencias de las fuerzas armadas.Art. 7º “Los trabajadores tienen derecho a practicar deportes y las empresas y centros de trabajo la obligación de facilitar su ejercicio, sin menoscabo de las obligaciones laborales y el normal desenvolvimiento de la actividad productiva o de prestación de servicios en la empresa”.Art. 111- “Todas las personas tienen derecho al deporte y a la recreación como actividades que benefician la calidad de vida individual y colectiva. El Estado asumirá el deporte y la recreación como política de educación y salud pública y garantizara los recursos para su promoción. La Educación Física y el Deporte cumplen un papel fundamental en la formación integral de la niñez y adolescencia”.
Es igualmente obligatoria la práctica del deporte en los institutos docentes y demás dependencias de las fuerzas armadas.Art. 7º “Los trabajadores tienen derecho a practicar deportes y las empresas y centros de trabajo la obligación de facilitar su ejercicio, sin menoscabo de las obligaciones laborales y el normal desenvolvimiento de la actividad productiva o de prestación de servicios en la empresa”.Art. 111- “Todas las personas tienen derecho al deporte y a la recreación como actividades que benefician la calidad de vida individual y colectiva. El Estado asumirá el deporte y la recreación como política de educación y salud pública y garantizara los recursos para su promoción. La Educación Física y el Deporte cumplen un papel fundamental en la formación integral de la niñez y adolescencia”.
Ley
Orgánica de Educación.
Art.
12-
“Se declara obligatoria la Educación
Física y el Deporte en todos lo niveles y modalidades del sistema
educativo”.
Art.
84-
“A los fines del cumplimiento de la
obligatoriedad de la Educación Física y el Deporte, con arreglo a
lo dispuesto en el art.12 de la Ley Orgánica de Educación, los
medios de estas áreas, asignaturas o similares, serán establecidos
en los planes y programas de estudio y demás actividades del
currículum, así como en la programación de los servicios
educativos competentes, en función de las características y
peculiaridades de la población atendida en cada nivel y modalidad
del sistema educativo”.
Art. 85- “Los alumnos de cualquier nivel o modalidad del sistema educativo que sean seleccionados para participar en juegos deportivos nacionales o internacionales disfrutarán del permiso legal necesario para entrenar, desplazarse permanecer en concentración y asistir a las competencias. Las autoridades educativas competentes tomarán las medidas convenientes a fin de garantizar a dichos alumnos la continuidad de su escolaridad y evaluación general”.
Art. 86- “Los alumnos que presenten impedimentos físicos o psíquicos que nos les permitan realizar las actividades prácticas de la Educación Física y el Deporte, serán sometidos a un régimen docente diferenciado. A tal efecto deberán presentar la certificación correspondiente expedida por un servicio médico oficial, con especificación del tipo de impedimento, su duración y actividad de la cual se exceptúa”.
Art. 85- “Los alumnos de cualquier nivel o modalidad del sistema educativo que sean seleccionados para participar en juegos deportivos nacionales o internacionales disfrutarán del permiso legal necesario para entrenar, desplazarse permanecer en concentración y asistir a las competencias. Las autoridades educativas competentes tomarán las medidas convenientes a fin de garantizar a dichos alumnos la continuidad de su escolaridad y evaluación general”.
Art. 86- “Los alumnos que presenten impedimentos físicos o psíquicos que nos les permitan realizar las actividades prácticas de la Educación Física y el Deporte, serán sometidos a un régimen docente diferenciado. A tal efecto deberán presentar la certificación correspondiente expedida por un servicio médico oficial, con especificación del tipo de impedimento, su duración y actividad de la cual se exceptúa”.
EL
DEPORTE COMO INSTITUCIÓN SOCIAL.
Es
como lo que está pasando en muchos procesos sociales. Hay
direcciones que son muy positivas porque no nos cabe duda que el
deporte contribuye a la interiorización de normas y reglas, al
control de las pulsiones y las emociones del individuo, a mejorar su
voluntad frente a los obstáculos que puedan presentarse
posteriormente en la vida, a la canalización social de la
agresividad, a la intrepidez, a tazarse metas elevadas.
Todo
eso contribuye en estos momentos el deporte, incluso hay trabajos
comunitarios en actividades deportivas en zonas de alto riesgo,
precisamente para poder contribuir desde un punto de vista social a
la formación de personas marginales que están en peligro o tienen
predisposición a cometer delitos, pero si bien el deporte por esa
parte avanza, también tenemos que el deporte hoy en día , dada las
implicaciones económicas que tiene, existe el dopaje que es una
forma de engaño con sus riesgos a la salud del deportista, existen
eventos donde la violencia se pone de manifiesto con el agravante de
la participación de los espectadores, del propio deportista y
entrenadores, o sea que también se reflejan dentro de la sociedad
ejemplos que no quisiéramos tener, esto a veces se mediatiza y no es
la mejor imagen para un chico que se está formando, pero no cabe
ninguna duda que el deporte es una herramienta importante para la
formación armónica e integral de un individuo y su desempeño
social posteriormente.
La
mayoría de las personas pueden beneficiarse al realizar una
actividad física o deporte de forma regular. Es frecuente que la
gente piense que hace suficiente ejercicio en el trabajo. Muchos
piensan que son demasiado viejos para empezar, otros que su forma
física ya es demasiado mala para intentar recuperarla. Obesidad,
diabetes, o alguna discapacidad física, pueden ser las razones que
desanimen al sujeto para comenzar a realizar actividad física. Pero
en muchas ocasiones son simplemente la pereza, o las expectativas de
fatiga y dolor las que impiden que ni siquiera llegue a intentarse.
Recomendaciones.
El
practicar la educación física o deporte, disminuye el riesgo
de mortalidad por enfermedades cardiovasculares en general y en
especial de mortalidad por cardiopatía isquémico en grado similar
al de otros factores de riesgo como el tabaquismo, alcoholismo.
Previene y/o retrasa el desarrollo de hipertensión arterial, y
disminuye los valores de tensión arterial en hipertenso. Mejora el
perfil de los lípidos en sangre (reduce los triglicérios y aumenta
el colesterol HDL. ). Mejora la regulación de la glucemia y
disminuye el riesgo de padecer diabetes no insulina dependiente.
Mejora la digestión y la regularidad del ritmo intestinal. Disminuye
el riesgo de padecer ciertos tipos de cáncer, como el de colon, uno
de los más frecuentes y sobre el que al parecer existe mayor
evidencia.
Incrementa la utilización de la grasa corporal y mejora el control del peso.
Ayuda a mantener y mejorar la fuerza y la resistencia muscular, incrementando la capacidad funcional para realizar otras actividades físicas de la vida diaria.
Ayuda a mantener la estructura y función de las articulaciones. La actividad física de intensidad moderada, como la recomendada con el fin de obtener
beneficios para la salud, no produce daño articular y por el contrario puede ser beneficiosa para la artrosis.
La actividad física y de forma especial aquella en la que se soporta peso, es esencial para el desarrollo normal del hueso durante la infancia y para alcanzar y mantener el pico de masa ósea en adultos jóvenes.
Ayuda a conciliar y mejorar la calidad del sueño.
Mejora la imagen personal y permite compartir una actividad con la familia y amigos.
Ayuda a liberar tensiones y mejora el manejo del estrés.
Ayuda a combatir y mejorar los síntomas de la ansiedad y la depresión, y aumenta el entusiasmo y el optimismo.
Ayuda a establecer unos hábitos de vida cardio saludables en los niños y combatir los factores (obesidad, hipertensión, hipercolesterolemia, etc.) que favorecen el desarrollo de enfermedades cardiovasculares en la edad adulta.
En adultos de edad avanzada, disminuye el riesgo de caídas, ayuda a retrasar o prevenir las enfermedades crónicas y aquellas asociadas con el envejecimiento. De esta forma mejora su calidad de vida y aumenta su capacidad para vivir de forma independiente.
Ayuda a controlar y mejorar la sintomatología y el pronóstico en numerosas enfermedades crónicas (cardiopatía isquémico, hipertensión arterial, enfermedad pulmonar obstructora crónica, obesidad, diabetes, osteoporosis, etc.)
Disminuye la mortalidad tanto en adultos jóvenes como en los de mayor edad, siendo incluso menor en aquellos que tan sólo mantienen un nivel de actividad física moderado que en los menos activos o sedentarios.
Incrementa la utilización de la grasa corporal y mejora el control del peso.
Ayuda a mantener y mejorar la fuerza y la resistencia muscular, incrementando la capacidad funcional para realizar otras actividades físicas de la vida diaria.
Ayuda a mantener la estructura y función de las articulaciones. La actividad física de intensidad moderada, como la recomendada con el fin de obtener
beneficios para la salud, no produce daño articular y por el contrario puede ser beneficiosa para la artrosis.
La actividad física y de forma especial aquella en la que se soporta peso, es esencial para el desarrollo normal del hueso durante la infancia y para alcanzar y mantener el pico de masa ósea en adultos jóvenes.
Ayuda a conciliar y mejorar la calidad del sueño.
Mejora la imagen personal y permite compartir una actividad con la familia y amigos.
Ayuda a liberar tensiones y mejora el manejo del estrés.
Ayuda a combatir y mejorar los síntomas de la ansiedad y la depresión, y aumenta el entusiasmo y el optimismo.
Ayuda a establecer unos hábitos de vida cardio saludables en los niños y combatir los factores (obesidad, hipertensión, hipercolesterolemia, etc.) que favorecen el desarrollo de enfermedades cardiovasculares en la edad adulta.
En adultos de edad avanzada, disminuye el riesgo de caídas, ayuda a retrasar o prevenir las enfermedades crónicas y aquellas asociadas con el envejecimiento. De esta forma mejora su calidad de vida y aumenta su capacidad para vivir de forma independiente.
Ayuda a controlar y mejorar la sintomatología y el pronóstico en numerosas enfermedades crónicas (cardiopatía isquémico, hipertensión arterial, enfermedad pulmonar obstructora crónica, obesidad, diabetes, osteoporosis, etc.)
Disminuye la mortalidad tanto en adultos jóvenes como en los de mayor edad, siendo incluso menor en aquellos que tan sólo mantienen un nivel de actividad física moderado que en los menos activos o sedentarios.