miércoles, 20 de mayo de 2015

Definición Organizaciones Deportivas Son organizaciones deportivas los clubes deportivos y demás entidades integradas a partir de éstos, con personería jurídica de derecho privado, sin fines de lucro y que tienen por objeto procurar su desarrollo, coordinarlos, representarlos ante autoridades y ante organizaciones deportivas nacionales e internacionales. Nivel Central. A nivel central existen distintos institutos que se encargan de regular cada disciplina, todos bajo la supervisión del ministerio del deporte. Estos sirven de apoyo para la organización de eventos así como también para los distintos atletas. Federaciones Deportivas Nacionales Es la máxima autoridad deportiva aficionada de cada disciplina; esta integrada por las asociaciones estatales del deporte respectivo y es la encargada de dirigir todo lo relacionado a un determinado deporte. El Ministerio del Poder Popular para el Deporte es el órgano de la Administración Pública Nacional, responsable de formular la política deportiva nacional, a cuyos efectos le corresponde normas, coordinar, planificar y fomentar el desarrollo sistemático de las actividades físicas y deportivas en todo el territorio nacional, como política de recreación y salud pública, en coordinación con el Ministerio del Poder Popular para la Salud; estimular el desarrollo del deporte escolar y la educación física en coordinación con el Ministerio del Poder Popular para la Educación; colaborar en las actividades de alto rendimiento; evaluar y regular las entidades deportivas del sector público y el sector privado de conformidad con la ley; así como brindar atención integral a los atletas e incentivar a las personas, instituciones y comunidades que promuevan a los y las atletas, y desarrollen actividades deportivas en el país. Comité Olímpico Venezolano: Tiene como fin primordial, desarrollar y proteger el movimiento olímpico, y en sí, al deporte aficionado o amateur. El Comité Olímpico Venezolano tiene la función específica de inscribir las delegaciones venezolanas ante los comités organizadores de los diferentes eventos (Juegos Olímpicos, Panamericanos, Centroamericanos y del Caribe). Y certificar la calidad de aficionado de cada uno de los competidores, y velando, además, porque la delegación viaje en las mejores condiciones, bien presentada, y con todos los elementos necesarios para que en la parte física y moral no haya problemas. Nivel Estatal. En este nivel tenemos la presencia de las asociaciones deportivas que son entidades con jurisdicción en cada uno de los estados, Distrito Capital y territorios federales y no podrá funcionar con menos de seis clubes. Los Estados y el Distrito Capital tendrán un ente deportivo público descentralizado, autónomo, adscrito al Ejecutivo estatal o a la Alcaldía del Distrito Metropolitano; cuyos objetivos básicos serán la promoción, difusión, planificación, coordinación, evaluación, ejecución, asesoramiento e implantación de las actividades físicas y deportivas en su ámbito territorial. Articulo 4. LEFD. FUNDELA se proyecta en el ámbito deportivo y en la colectividad en general como un ente generador de mecanismos para el desarrollo del Deporte Larense, propiciador de amplios beneficios para toda la sociedad. La Fundación para el Deporte del Estado Lara es una entidad gubernamental de carácter descentralizado, orientada a planificar, coordinar, supervisar y administrar la actividad deportiva, los recursos humanos, materiales y financieros del sector deportivo en el estado Lara de una forma transparente, equitativa, objetiva, responsable y participativa. Nivel Municipal. Corresponde a los municipios fomentar y promover de manera masiva las actividades físicas y deportivas de acuerdo a sus programas previstos en los planes de desarrollo respectivos y ejecutar el Plan General de Educación Física y Deporte en su ámbito territorial conforme a los principios establecidos en esta Ley a través del ente municipal del deporte, en estrecha coordinación con el ente público descentralizado y la comunidad. En la mayoría de los municipios existen Institutos Autónomos de Deporte y Recreación que buscan impulsar el eficiente desarrollo organizado del deporte en cada sector del municipio y así luchar contra los flagelos que día a día asechan a nuestras comunidades. Comité Olímpico Internacional. Organismo encargado de coordinar las actividades del Movimiento Olímpico, supervisar y administrar todo lo concerniente a los juegos olímpicos, así como seleccionar las ciudades que serán sedes de estos juegos cada 4 años. integrado por 205 Comités Olímpicos Nacionales. Funciones del COI El COI coordina las actividades del Movimiento Olímpico. Además está encargado de supervisar y administrar todo lo concerniente a los Juegos Olímpicos. Es dueña de todos los derechos asociados a los símbolos olímpicos, la bandera, himno, lema, juramento y los juegos. Controla los derechos de transmisión de los juegos, la publicidad y demás actividades de acuerdo a la Carta Olímpica. Además es el organismo internacional encargado de organizar y seleccionar las ciudades que serán sedes de los Juegos Olímpicos cada 4 años. Los JJOO se inician con el encendido de la Llama Olímpica y en ese momento es el inicio de la Olimpiada que terminará con el encendido de la siguiente a los 4 años. Sistema Deportivo Nacional (Distinguir forma organizacional; entre las organizaciones públicas y privadas en la sociedad venezolana). Artículo 10: La organización deportiva del país estará formada por los entes del sector público y los del sector privado que desarrollan actividades deportivas a nivel nacional, estadal, municipal y parroquial. Parágrafo Único: El Estado y el sector privado orientarán, capacitarán y promoverán la formación y mejoramiento del voluntariado deportivo que como eje fundamental de la organización deportiva, conduce, organiza, administra, aporta recursos financieros, enseña y entrena a la población venezolana. Artículo 11: Los organismos nacionales, estatales, municipales y parroquiales, así como los organismos privados, prestarán asistencia y protección a las actividades deportivas públicas y privadas, y conjuntamente con los particulares velarán por su fomento y desarrollo en conformidad con los propósitos definidos en esta Ley. Artículo 12: El Ejecutivo Nacional, los estados, los municipios, las parroquias y los entes de la organización deportiva del país, promoverán la participación de todos los sectores de la colectividad en la práctica de las distintas disciplinas deportivas. A tales fines se adoptarán las medidas necesarias para ajustar la programación, la enseñanza, la práctica, la infraestructura y todos los implementos deportivos, a las innovaciones científicas y tecnológicas aplicables a la materia. Los poderes públicos estimularán la participación progresiva de los entes de la organización deportiva del país en actividades eminentemente recreativas, educativas, formativas y: La dirección y administración del Instituto Nacional de Deportes estará a cargo de un Directorio, integrado por un Presidente y doce (12) miembros: Dos (2) ejercerán la representación de los trabajadores y serán designados conforme a la Ley Orgánica del Trabajo; Dos (2) ejercerán respectivamente la representación del Comité Olímpico Venezolano y las federaciones deportivas, quienes serán escogidos de ternas de candidatos que presentarán las referidas entidades. Uno (1) ejercerá la representación de los atletas, quién será seleccionado de una terna de candidatos escogidos por los miembros de las selecciones nacionales de mayores, de conformidad con lo establecido en el reglamento respectivo; Dos (2) ejercerán respectivamente la representación de los estados y municipios, quienes serán escogidos de ternas de candidatos que presentarán los ejecutivos estatales y municipales; Uno (1) ejercerá la representación del Ministerio de Educación. Dicha representación recaerá el el funcionario de mayor jerarquía dentro de la unidad administrativa del Ministerio, encargada de la educación física, el deporte y la recreación. Tres (3) ejercerán respectivamente la representación de los Ministerios de Sanidad y Asistencia Social, Desarrollo Urbano así como del Ambiente y los Recursos Naturales Renovables; y Uno (1) representará al Consejo Nacional de Universidades, según designación hecha en su seno. De los Entes del Sector Privado de la Organización Deportiva. Artículo 26: Son entes del sector privado de la organización deportiva: 1. El Cómite Olímpico Venezolano; El Comité Olímpico Venezolano es una asociación civil sin fines de lucro de carácter no gubernamental cuyo objetivo es el desarrollo del movimiento olímpico, la difusión de los ideales olímpicos y la representación internacional del movimiento olímpico venezolano. Constituye el órgano asociativo superior de las federaciones deportivas venezolanas admitidas en su seno, en materias propias del movimiento olímpico nacional e internacional. El Comité Olímpico Venezolano se rige por sus propios estatutos y reglamentos, y de acuerdo con los principios y normas del Comité Olímpico Internacional, en el marco del ordenamiento jurídico venezolano. Las entidades del deporte federado: las federaciones deportivas nacionales, las asociaciones y los clubes; Las entidades del deporte federado son organizaciones de carácter privado a las cuales corresponde coadyuvar a los órganos competentes del Estado para el cumplimiento delos fines del deporte. Estas entidades tendrán por objeto facilitar la práctica del deporte y estimular la sana competencia deportiva, así como coordinar con los poderes públicos la organización y el fomento del deporte. Las entidades del deporte federado son autónomas. Las organizaciones o entidades ajenas al deporte federado: Promueven y organizan actividades deportivas en forma sistemática con fines educativos, recreativos, sociales, de competencia o para la salud. Las federaciones deportivas son entidades de carácter nacional y están integradas por las asociaciones del deporte respectivo. Las federaciones también podrán constituirse directamente por los clubes cuando la naturaleza y características de cada deporte así lo requieran, oída la opinión del Instituto Nacional de Deportes. Sólo podrá ser reconocida una federación deportiva nacional por cada deporte. Los entes que desarrollen el deporte profesional. PARÁGRAFO ÚNICO: Es obligatorio para estos entes registrarse ante el Instituto Nacional de Deportes. Artículo 42: Los entes privados ajenos al deporte federado tendrán completa autonomía funcional, económica, organizativa y administrativa, pudiendo establecer en sus estatutos y reglamentos internos las normas que rijan sus procesos eleccionarios, su funcionamiento, sus actividades deportivas y su régimen disciplinario. Por consiguiente toda persona que ingresa a una organización o club no federados lo hace en forma libre y se acoge en consecuencia voluntariamente a sus estatutos y reglamentos. Nota: Las organizaciones o entidades ajenas al deporte que organicen y promuevas actividades deportivas en forma sistemática, no con miras a la alta competencia sino con fines educativos, formativos, recreativos, sociales o para la salud, tendrán el apoyo de los organismos y entes deportivos del sector público. Estructura funcional del MPPD. Funciones y diferencias entre el deporte participativo y de competencia. Misión El avance en materia deportiva está estrechamente relacionado al desarrollo de las entidades que lo representan. Establecer las directrices para su constitución, estimular su progreso y asesorarlos en la postulación a concursos públicos de financiamiento de actividades deportivas, son tareas centrales del IND, que se materializan a través del Departamento de Organizaciones Deportivas. Objetivos estratégicos -Promover la creación, el desarrollo y modernización de la gestión de las organizaciones sociales y deportivas. -Fomentar la capacitación, el perfeccionamiento y la especialización de los dirigentes sociales y deportivos. -Promover el mejoramiento de la gestión de las organizaciones deportivas y su diversificación para facilitar el acceso a la práctica de la actividad física y deportiva, a través de la asistencia técnica permanente. Deporte Participativo y Competitivo: El fin del deporte participativo es lograr promocionar la salud, lograr la captación de nuevos talentos en el deporte y ser una opción para consumir el tiempo libre. Es incorporado a la comunidad y hace particular énfasis en los jóvenes sin vínculo laboral, respetando la preferencia del deporte y los juegos tradicionales respectivos de cada estado. No es de extrañarnos que dentro del deporte participativo existen deportes prioritarios como lo son: atletismo, baloncesto, fútbol, voleibol, béisbol. Ya que se prestan a ser aplicados o ser desarrollados como tareas y omitir algunas reglas oficiales. Para lograr un equilibrio participativo por las desventajas entre participantes y/o atletas. De esta manera se podría evaluar las habilidades motrices de los deportes aplicados participativamente. Es de suma importancia la masificación del deporte y aún más la participación de la comunidad ya que es responsable de la forma en que se va a llevar o ejecutar las actividades deportivas. No es de pasar por alto las condiciones que actualmente enfrentan las prácticas deportivas debido a la escasez y el costo elevado para los implementos deportivos, producto de la actual crisis económica mundial del siglo XXI e igualmente recordando que hacer deporte es tener mejor calidad de vida a pesar del acelerado crecimiento desmesurado del proceso de industrialización en conjunto con la urbanización. Toda iniciativa de participación deportiva debe ser dirigida o apoyada por personal técnico especialista. Con el deporte participativo se busca salirle al paso a las carencias de las prácticas deportivas ya que el deporte nos une y es obligatorio para todos sin distingo de raza, credo ni posición económica. El deporte competitivo a diferencia del participativo se rige por las reglas, artículos y metas, exigiendo ciertas habilidades, destrezas y serie de enfrentamientos deportivos para poder lograr un puesto para participar en eventos nacionales, estatales o internacionales, es decir, pueden ser pre-clasificatorios y clasificatorios en especialidades como participante individual o en equipo. Es de acotar que el deporte competitivo requiere de cierta preparación o entrenamiento arduo y disciplinados con el objetivo centrado en la victoria en cada juego o enfrentamiento, es decir, confrontaciones de eliminación para lograr el objetivo: Ganar la competencia final (ser el mejor o los mejores). Al igual que en el participativo los entrenadores tienen la tarea de enseñar buenas técnicas, inculcar valores y responsabilidad fuera y dentro de los campos deportivos o escenarios de enfrentamiento y ante la sociedad. No queda excepto, que además de tener la mejor preparación, voluntad y decisión, puede cualquier atleta o equipo de conjunto, quedar excluido de la confrontación final para lograr el campeonato y/o competencia; ejemplo: Como lo sucedido en la serie del caribe del 2.015, al equipo Venezolano. Que apenas perdió un partido del todo contra todos y le costó quedar fuera, del partido final para disputar el campeonato o subcampeonato de la serie del caribe. En otras palabras, podemos concluir que el deporte participativo es el semillero nato para el deporte competitivo. Fundamentación legal del Sistema Deportivo Nacional, para la práctica de la actividad física y el deporte. Constitución de la República Bolivariana De Venezuela. Art. 102- “La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria”. Art. 103- “Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones”. Art. 104- “La Educación estará a cargo de personas de reconocida moralidad y de comprobada idoneidad”. Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física. Art. 1º “La presente Ley establece los principios rectores del deporte como actividad esencial del proceso educativo y consagra que su práctica se orientará al logro de la formación integral de los individuos, del bienestar de la población y de la solidaridad entre las naciones”. Art. 2º “Se declara de utilidad pública el fomento, la promoción y la práctica del deporte, así como la construcción y dotación de la infraestructura deportiva nacional”. Art. 6º “Se declara obligatoria la práctica del deporte en todos los niveles y modalidades del sistema educativo venezolano. El Ministerio de Educación y el Consejo Nacional de Universidades adoptarán las medidas conducentes para asegurar la practica del deporte por los alumnos de los institutos educacionales públicos o privados”- Es igualmente obligatoria la práctica del deporte en los institutos docentes y demás dependencias de las fuerzas armadas. Art. 7º “Los trabajadores tienen derecho a practicar deportes y las empresas y centros de trabajo la obligación de facilitar su ejercicio, sin menoscabo de las obligaciones laborales y el normal desenvolvimiento de la actividad productiva o de prestación de servicios en la empresa”. Art. 111- “Todas las personas tienen derecho al deporte y a la recreación como actividades que benefician la calidad de vida individual y colectiva. El Estado asumirá el deporte y la recreación como política de educación y salud pública y garantizara los recursos para su promoción. La Educación Física y el Deporte cumplen un papel fundamental en la formación integral de la niñez y adolescencia”. Ley Orgánica de Educación. Art. 12- “Se declara obligatoria la Educación Física y el Deporte en todos lo niveles y modalidades del sistema educativo”. Art. 84- “A los fines del cumplimiento de la obligatoriedad de la Educación Física y el Deporte, con arreglo a lo dispuesto en el art.12 de la Ley Orgánica de Educación, los medios de estas áreas, asignaturas o similares, serán establecidos en los planes y programas de estudio y demás actividades del currículum, así como en la programación de los servicios educativos competentes, en función de las características y peculiaridades de la población atendida en cada nivel y modalidad del sistema educativo”. Art. 85- “Los alumnos de cualquier nivel o modalidad del sistema educativo que sean seleccionados para participar en juegos deportivos nacionales o internacionales disfrutarán del permiso legal necesario para entrenar, desplazarse permanecer en concentración y asistir a las competencias. Las autoridades educativas competentes tomarán las medidas convenientes a fin de garantizar a dichos alumnos la continuidad de su escolaridad y evaluación general”. Art. 86- “Los alumnos que presenten impedimentos físicos o psíquicos que nos les permitan realizar las actividades prácticas de la Educación Física y el Deporte, serán sometidos a un régimen docente diferenciado. A tal efecto deberán presentar la certificación correspondiente expedida por un servicio médico oficial, con especificación del tipo de impedimento, su duración y actividad de la cual se exceptúa”. EL DEPORTE COMO INSTITUCION SOCIAL. Es como lo que está pasando en muchos procesos sociales. Hay direcciones que son muy positivas porque no nos cabe duda que el deporte contribuye a la interiorización de normas y reglas, al control de las pulsiones y las emociones del individuo, a mejorar su voluntad frente a los obstáculos que puedan presentarse posteriormente en la vida, a la canalización social de la agresividad, a la intrepidez, a tazarse metas elevadas. Todo eso contribuye en estos momentos el deporte, incluso hay trabajos comunitarios en actividades deportivas en zonas de alto riesgo, precisamente para poder contribuir desde un punto de vista social a la formación de personas marginales que están en peligro o tienen predisposición a cometer delitos, pero si bien el deporte por esa parte avanza, también tenemos que el deporte hoy en día , dada las implicaciones económicas que tiene, existe el dopaje que es una forma de engaño con sus riesgos a la salud del deportista, existen eventos donde la violencia se pone de manifiesto con el agravante de la participación de los espectadores, del propio deportista y entrenadores, o sea que también se reflejan dentro de la sociedad ejemplos que no quisiéramos tener, esto a veces se mediatiza y no es la mejor imagen para un chico que se está formando, pero no cabe ninguna duda que el deporte es una herramienta importante para la formación armónica e integral de un individuo y su desempeño social posteriormente. Conclusiones. La mayoría de las personas pueden beneficiarse al realizar una actividad física o deporte de forma regular. Es frecuente que la gente piense que hace suficiente ejercicio en el trabajo. Muchos piensan que son demasiado viejos para empezar, otros que su forma física ya es demasiado mala para intentar recuperarla. Obesidad, diabetes, o alguna discapacidad física, pueden ser las razones que desanimen al sujeto para comenzar a realizar actividad física. Pero en muchas ocasiones son simplemente la pereza, o las expectativas de fatiga y dolor las que impiden que ni siquiera llegue a intentarse. Recomendaciones. El practicar la educación física o deporte, disminuye el riesgo de mortalidad por enfermedades cardiovasculares en general y en especial de mortalidad por cardiopatía isquémico en grado similar al de otros factores de riesgo como el tabaquismo, alcoholismo. Previene y/o retrasa el desarrollo de hipertensión arterial, y disminuye los valores de tensión arterial en hipertenso. Mejora el perfil de los lípidos en sangre (reduce los triglicérios y aumenta el colesterol HDL. ). Mejora la regulación de la glucemia y disminuye el riesgo de padecer diabetes no insulina dependiente. Mejora la digestión y la regularidad del ritmo intestinal. Disminuye el riesgo de padecer ciertos tipos de cáncer, como el de colon, uno de los más frecuentes y sobre el que al parecer existe mayor evidencia. Incrementa la utilización de la grasa corporal y mejora el control del peso. Ayuda a mantener y mejorar la fuerza y la resistencia muscular, incrementando la capacidad funcional para realizar otras actividades físicas de la vida diaria. Ayuda a mantener la estructura y función de las articulaciones. La actividad física de intensidad moderada, como la recomendada con el fin de obtener beneficios para la salud, no produce daño articular y por el contrario puede ser beneficiosa para la artrosis. La actividad física y de forma especial aquella en la que se soporta peso, es esencial para el desarrollo normal del hueso durante la infancia y para alcanzar y mantener el pico de masa ósea en adultos jóvenes. Ayuda a conciliar y mejorar la calidad del sueño. Mejora la imagen personal y permite compartir una actividad con la familia y amigos. Ayuda a liberar tensiones y mejora el manejo del estrés. Ayuda a combatir y mejorar los síntomas de la ansiedad y la depresión, y aumenta el entusiasmo y el optimismo. Ayuda a establecer unos hábitos de vida cardio saludables en los niños y combatir los factores (obesidad, hipertensión, hipercolesterolemia, etc.) que favorecen el desarrollo de enfermedades cardiovasculares en la edad adulta. En adultos de edad avanzada, disminuye el riesgo de caídas, ayuda a retrasar o prevenir las enfermedades crónicas y aquellas asociadas con el envejecimiento. De esta forma mejora su calidad de vida y aumenta su capacidad para vivir de forma independiente. Ayuda a controlar y mejorar la sintomatología y el pronóstico en numerosas enfermedades crónicas (cardiopatía isquémico, hipertensión arterial, enfermedad pulmonar obstructora crónica, obesidad, diabetes, osteoporosis, etc.) Disminuye la mortalidad tanto en adultos jóvenes como en los de mayor edad, siendo incluso menor en aquellos que tan sólo mantienen un nivel de actividad física moderado que en los menos activos o sedentarios.


Definición Organizaciones Deportivas
Son organizaciones deportivas los clubes deportivos y demás entidades integradas a partir de éstos, con personería jurídica de derecho privado, sin fines de lucro y que tienen por objeto procurar su desarrollo, coordinarlos, representarlos ante autoridades y ante organizaciones deportivas nacionales e internacionales.

Nivel Central.
A nivel central existen distintos institutos que se encargan de regular cada disciplina, todos bajo la supervisión del ministerio del deporte. Estos sirven de apoyo para la organización de eventos así como también para los distintos atletas. Federaciones Deportivas Nacionales Es la máxima autoridad deportiva aficionada de cada disciplina; esta integrada por las asociaciones estatales del deporte respectivo y es la encargada de dirigir todo lo relacionado a un determinado deporte. El Ministerio del Poder Popular para el Deporte es el órgano de la Administración Pública Nacional, responsable de formular la política deportiva nacional, a cuyos efectos le corresponde normas, coordinar, planificar y fomentar el desarrollo sistemático de las actividades físicas y deportivas en todo el territorio nacional, como política de recreación y salud pública, en coordinación con el Ministerio del Poder Popular para la Salud; estimular el desarrollo del deporte escolar y la educación física en coordinación con el Ministerio del Poder Popular para la Educación; colaborar en las actividades de alto rendimiento; evaluar y regular las entidades deportivas del sector público y el sector privado de conformidad con la ley; así como brindar atención integral a los atletas e incentivar a las personas, instituciones y comunidades que promuevan a los y las atletas, y desarrollen actividades deportivas en el país. Comité Olímpico Venezolano: Tiene como fin primordial, desarrollar y proteger el movimiento olímpico, y en sí, al deporte aficionado o amateur. El Comité Olímpico Venezolano tiene la función específica de inscribir las delegaciones venezolanas ante los comités organizadores de los diferentes eventos (Juegos Olímpicos, Panamericanos, Centroamericanos y del Caribe). Y certificar la calidad de aficionado de cada uno de los competidores, y velando, además, porque la delegación viaje en las mejores condiciones, bien presentada, y con todos los elementos necesarios para que en la parte física y moral no haya problemas. 
 
Nivel Estatal.
En este nivel tenemos la presencia de las asociaciones deportivas que son entidades con jurisdicción en cada uno de los estados, Distrito Capital y territorios federales y no podrá funcionar con menos de seis clubes. Los Estados y el Distrito Capital tendrán un ente deportivo público descentralizado, autónomo, adscrito al Ejecutivo estatal o a la Alcaldía del Distrito Metropolitano; cuyos objetivos básicos serán la promoción, difusión, planificación, coordinación, evaluación, ejecución, asesoramiento e implantación de las actividades físicas y deportivas en su ámbito territorial. Articulo 4. LEFD. FUNDELA se proyecta en el ámbito deportivo y en la colectividad en general como un ente generador de mecanismos para el desarrollo del Deporte Larense, propiciador de amplios beneficios para toda la sociedad. La Fundación para el Deporte del Estado Lara es una entidad gubernamental de carácter descentralizado, orientada a planificar, coordinar, supervisar y administrar la actividad deportiva, los recursos humanos, materiales y financieros del sector deportivo en el estado Lara de una forma transparente, equitativa, objetiva, responsable y participativa. 
 
Nivel Municipal.
Corresponde a los municipios fomentar y promover de manera masiva las actividades físicas y deportivas de acuerdo a sus programas previstos en los planes de desarrollo respectivos y ejecutar el Plan General de Educación Física y Deporte en su ámbito territorial conforme a los principios establecidos en esta Ley a través del ente municipal del deporte, en estrecha coordinación con el ente público descentralizado y la comunidad. En la mayoría de los municipios existen Institutos Autónomos de Deporte y Recreación que buscan impulsar el eficiente desarrollo organizado del deporte en cada sector del municipio y así luchar contra los flagelos que día a día asechan a nuestras comunidades.

Comité Olímpico Internacional.
Organismo encargado de coordinar las actividades del Movimiento Olímpico, supervisar y administrar todo lo concerniente a los juegos olímpicos, así como seleccionar las ciudades que serán sedes de estos juegos cada 4 años. integrado por 205 Comités Olímpicos Nacionales.

Funciones del COI

El COI coordina las actividades del Movimiento Olímpico. Además está encargado de supervisar y administrar todo lo concerniente a los Juegos Olímpicos. Es dueña de todos los derechos asociados a los símbolos olímpicos, la bandera, himno, lema, juramento y los juegos. Controla los derechos de transmisión de los juegos, la publicidad y demás actividades de acuerdo a la Carta Olímpica. Además es el organismo internacional encargado de organizar y seleccionar las ciudades que serán sedes de los Juegos Olímpicos cada 4 años.
Los JJOO se inician con el encendido de la Llama Olímpica y en ese momento es el inicio de la Olimpiada que terminará con el encendido de la siguiente a los 4 años.

Sistema Deportivo Nacional (Distinguir forma organizacional; entre las organizaciones públicas y privadas en la sociedad venezolana).

Artículo 10: La organización deportiva del país estará formada por los entes del sector público y los del sector privado que desarrollan actividades deportivas a nivel nacional, estadal, municipal y parroquial.

Parágrafo Único
: El Estado y el sector privado orientarán, capacitarán y promoverán la formación y mejoramiento del voluntariado deportivo que como eje fundamental de la organización deportiva, conduce, organiza, administra, aporta recursos financieros, enseña y entrena a la población venezolana.
Artículo 11: Los organismos nacionales, estatales, municipales y parroquiales, así como los organismos privados, prestarán asistencia y protección a las actividades deportivas públicas y privadas, y conjuntamente con los particulares velarán por su fomento y desarrollo en conformidad con los propósitos definidos en esta Ley.

Artículo 12: El Ejecutivo Nacional, los estados, los municipios, las parroquias y los entes de la organización deportiva del país, promoverán la participación de todos los sectores de la colectividad en la práctica de las distintas disciplinas deportivas. A tales fines se adoptarán las medidas necesarias para ajustar la programación, la enseñanza, la práctica, la infraestructura y todos los implementos deportivos, a las innovaciones científicas y tecnológicas aplicables a la materia. Los poderes públicos estimularán la participación progresiva de los entes de la organización deportiva del país en actividades eminentemente recreativas, educativas, formativas y: La dirección y administración del Instituto Nacional de Deportes estará a cargo de un Directorio, integrado por un Presidente y doce (12) miembros:
    1. Dos (2) ejercerán la representación de los trabajadores y serán designados conforme a la Ley Orgánica del Trabajo;
    2. Dos (2) ejercerán respectivamente la representación del Comité Olímpico Venezolano y las federaciones deportivas, quienes serán escogidos de ternas de candidatos que presentarán las referidas entidades.
    3. Uno (1) ejercerá la representación de los atletas, quién será seleccionado de una terna de candidatos escogidos por los miembros de las selecciones nacionales de mayores, de conformidad con lo establecido en el reglamento respectivo;
    4. Dos (2) ejercerán respectivamente la representación de los estados y municipios, quienes serán escogidos de ternas de candidatos que presentarán los ejecutivos estatales y municipales;
    5. Uno (1) ejercerá la representación del Ministerio de Educación. Dicha representación recaerá el el funcionario de mayor jerarquía dentro de la unidad administrativa del Ministerio, encargada de la educación física, el deporte y la recreación.
    6. Tres (3) ejercerán respectivamente la representación de los Ministerios de Sanidad y Asistencia Social, Desarrollo Urbano así como del Ambiente y los Recursos Naturales Renovables; y
    7. Uno (1) representará al Consejo Nacional de Universidades, según designación hecha en su seno.
 De los Entes del Sector Privado de la Organización Deportiva.
Artículo 26: Son entes del sector privado de la organización deportiva:
1. El Cómite Olímpico Venezolano; El Comité Olímpico Venezolano es una asociación civil sin fines de lucro de carácter no gubernamental cuyo objetivo es el desarrollo del movimiento olímpico, la difusión de los ideales olímpicos y la representación internacional del movimiento olímpico venezolano. Constituye el órgano asociativo superior de las federaciones deportivas venezolanas admitidas en su seno, en materias propias del movimiento olímpico nacional e internacional. El Comité Olímpico Venezolano se rige por sus propios estatutos y reglamentos, y de acuerdo con los principios y normas del Comité Olímpico Internacional, en el marco del ordenamiento jurídico venezolano.

Las entidades del deporte federado: las federaciones deportivas nacionales, las
asociaciones y los clubes; Las entidades del deporte federado son organizaciones de
carácter privado a las cuales corresponde coadyuvar a los órganos competentes del
Estado para el cumplimiento delos fines del deporte. Estas entidades tendrán por objeto
facilitar la práctica del deporte y estimular la sana competencia deportiva, así como
coordinar con los poderes públicos la organización y el fomento del deporte. Las
entidades del deporte federado son autónomas.
    Las organizaciones o entidades ajenas al deporte federado: Promueven y organizan actividades deportivas en forma sistemática con fines educativos, recreativos, sociales, de competencia o para la salud. Las federaciones deportivas son entidades de carácter nacional y están integradas por las asociaciones del deporte respectivo. Las federaciones también podrán constituirse directamente por los clubes cuando la naturaleza y características de cada deporte así lo requieran, oída la opinión del Instituto Nacional de Deportes. Sólo podrá ser reconocida una federación deportiva nacional por cada deporte.
    Los entes que desarrollen el deporte profesional.
    PARÁGRAFO ÚNICO: Es obligatorio para estos entes registrarse ante el Instituto Nacional de Deportes.
    Artículo 42: Los entes privados ajenos al deporte federado tendrán completa autonomía funcional, económica, organizativa y administrativa, pudiendo establecer en sus estatutos y reglamentos internos las normas que rijan sus procesos eleccionarios, su funcionamiento, sus actividades deportivas y su régimen disciplinario. Por consiguiente toda persona que ingresa a una organización o club no federados lo hace en forma libre y se acoge en consecuencia voluntariamente a sus estatutos y reglamentos.

Nota: Las organizaciones o entidades ajenas al deporte que organicen y promuevas actividades deportivas en forma sistemática, no con miras a la alta competencia sino con fines educativos, formativos, recreativos, sociales o para la salud, tendrán el apoyo de los organismos y entes deportivos del sector público.
Estructura funcional del MPPD. Funciones y diferencias entre el deporte participativo y de competencia.
Misión
El avance en materia deportiva está estrechamente relacionado al desarrollo de las entidades que lo representan. Establecer las directrices para su constitución, estimular su progreso y asesorarlos en la postulación a concursos públicos de financiamiento de actividades deportivas, son tareas centrales del IND, que se materializan a través del Departamento de Organizaciones Deportivas.
Objetivos estratégicos
-Promover la creación, el desarrollo y modernización de la gestión de las organizaciones sociales y deportivas.
-Fomentar la capacitación, el perfeccionamiento y la especialización de los dirigentes sociales y deportivos.
-Promover el mejoramiento de la gestión de las organizaciones deportivas y su diversificación para facilitar el acceso a la práctica de la actividad física y deportiva, a través de la asistencia técnica permanente.
Deporte Participativo y Competitivo:
El fin del deporte participativo es lograr promocionar la salud, lograr la captación de nuevos talentos en el deporte y ser una opción para consumir el tiempo libre. Es incorporado a la comunidad y hace particular énfasis en los jóvenes sin vínculo laboral, respetando la preferencia del deporte y los juegos tradicionales respectivos de cada estado. No es de extrañarnos que dentro del deporte participativo existen deportes prioritarios como lo son: atletismo, baloncesto, fútbol, voleibol, béisbol. Ya que se prestan a ser aplicados o ser desarrollados como tareas y omitir algunas reglas oficiales. Para lograr un equilibrio participativo por las desventajas entre participantes y/o atletas.
De esta manera se podría evaluar las habilidades motrices de los deportes aplicados participativamente. Es de suma importancia la masificación del deporte y aún más la participación de la comunidad ya que es responsable de la forma en que se va a llevar o ejecutar las actividades deportivas. No es de pasar por alto las condiciones que actualmente enfrentan las prácticas deportivas debido a la escasez y el costo elevado para los implementos deportivos, producto de la actual crisis económica mundial del siglo XXI e igualmente recordando que hacer deporte es tener mejor calidad de vida a pesar del acelerado crecimiento desmesurado del proceso de industrialización en conjunto con la urbanización.
Toda iniciativa de participación deportiva debe ser dirigida o apoyada por personal técnico especialista. Con el deporte participativo se busca salirle al paso a las carencias de las prácticas deportivas ya que el deporte nos une y es obligatorio para todos sin distingo de raza, credo ni posición económica.
El deporte competitivo a diferencia del participativo se rige por las reglas, artículos y metas, exigiendo ciertas habilidades, destrezas y serie de enfrentamientos deportivos para poder lograr un puesto para participar en eventos nacionales, estatales o internacionales, es decir, pueden ser pre-clasificatorios y clasificatorios en especialidades como participante individual o en equipo.
Es de acotar que el deporte competitivo requiere de cierta preparación o entrenamiento arduo y disciplinados con el objetivo centrado en la victoria en cada juego o enfrentamiento, es decir, confrontaciones de eliminación para lograr el objetivo: Ganar la competencia final (ser el mejor o los mejores). Al igual que en el participativo los entrenadores tienen la tarea de enseñar buenas técnicas, inculcar valores y responsabilidad fuera y dentro de los campos deportivos o escenarios de enfrentamiento y ante la sociedad.
No queda excepto, que además de tener la mejor preparación, voluntad y decisión, puede cualquier atleta o equipo de conjunto, quedar excluido de la confrontación final para lograr el campeonato y/o competencia; ejemplo: Como lo sucedido en la serie del caribe del 2.015, al equipo Venezolano. Que apenas perdió un partido del todo contra todos y le costó quedar fuera, del partido final para disputar el campeonato o subcampeonato de la serie del caribe.
En otras palabras, podemos concluir que el deporte participativo es el semillero nato para el deporte competitivo.
Fundamentación legal del Sistema Deportivo Nacional, para la práctica de la actividad física y el deporte.
Constitución de la República Bolivariana De Venezuela.
Art. 102- “La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria”.Art. 103- “Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones”.Art. 104- “La Educación estará a cargo de personas de reconocida moralidad y de comprobada idoneidad”.
Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física.
Art. 1º “La presente Ley establece los principios rectores del deporte como actividad esencial del proceso educativo y consagra que su práctica se orientará al logro de la formación integral de los individuos, del bienestar de la población y de la solidaridad entre las naciones”.Art. 2º “Se declara de utilidad pública el fomento, la promoción y la práctica del deporte, así como la construcción y dotación de la infraestructura deportiva nacional”.Art. 6º “Se declara obligatoria la práctica del deporte en todos los niveles y modalidades del sistema educativo venezolano. El Ministerio de Educación y el Consejo Nacional de Universidades adoptarán las medidas conducentes para asegurar la practica del deporte por los alumnos de los institutos educacionales públicos o privados”-
Es igualmente obligatoria la práctica del deporte en los institutos docentes y demás dependencias de las fuerzas armadas.
Art. 7º “Los trabajadores tienen derecho a practicar deportes y las empresas y centros de trabajo la obligación de facilitar su ejercicio, sin menoscabo de las obligaciones laborales y el normal desenvolvimiento de la actividad productiva o de prestación de servicios en la empresa”.Art. 111- “Todas las personas tienen derecho al deporte y a la recreación como actividades que benefician la calidad de vida individual y colectiva. El Estado asumirá el deporte y la recreación como política de educación y salud pública y garantizara los recursos para su promoción. La Educación Física y el Deporte cumplen un papel fundamental en la formación integral de la niñez y adolescencia”.
Ley Orgánica de Educación.
Art. 12- “Se declara obligatoria la Educación Física y el Deporte en todos lo niveles y modalidades del sistema educativo”.
Art. 84- “A los fines del cumplimiento de la obligatoriedad de la Educación Física y el Deporte, con arreglo a lo dispuesto en el art.12 de la Ley Orgánica de Educación, los medios de estas áreas, asignaturas o similares, serán establecidos en los planes y programas de estudio y demás actividades del currículum, así como en la programación de los servicios educativos competentes, en función de las características y peculiaridades de la población atendida en cada nivel y modalidad del sistema educativo”.
Art. 85- “Los alumnos de cualquier nivel o modalidad del sistema educativo que sean seleccionados para participar en juegos deportivos nacionales o internacionales disfrutarán del permiso legal necesario para entrenar, desplazarse permanecer en concentración y asistir a las competencias. Las autoridades educativas competentes tomarán las medidas convenientes a fin de garantizar a dichos alumnos la continuidad de su escolaridad y evaluación general”.
Art. 86- “Los alumnos que presenten impedimentos físicos o psíquicos que nos les permitan realizar las actividades prácticas de la Educación Física y el Deporte, serán sometidos a un régimen docente diferenciado. A tal efecto deberán presentar la certificación correspondiente expedida por un servicio médico oficial, con especificación del tipo de impedimento, su duración y actividad de la cual se exceptúa”.
    EL DEPORTE COMO INSTITUCIÓN SOCIAL.
Es como lo que está pasando en muchos procesos sociales. Hay direcciones que son muy positivas porque no nos cabe duda que el deporte contribuye a la interiorización de normas y reglas, al control de las pulsiones y las emociones del individuo, a mejorar su voluntad frente a los obstáculos que puedan presentarse posteriormente en la vida, a la canalización social de la agresividad, a la intrepidez, a tazarse metas elevadas.
Todo eso contribuye en estos momentos el deporte, incluso hay trabajos comunitarios en actividades deportivas en zonas de alto riesgo, precisamente para poder contribuir desde un punto de vista social a la formación de personas marginales que están en peligro o tienen predisposición a cometer delitos, pero si bien el deporte por esa parte avanza, también tenemos que el deporte hoy en día , dada las implicaciones económicas que tiene, existe el dopaje que es una forma de engaño con sus riesgos a la salud del deportista, existen eventos donde la violencia se pone de manifiesto con el agravante de la participación de los espectadores, del propio deportista y entrenadores, o sea que también se reflejan dentro de la sociedad ejemplos que no quisiéramos tener, esto a veces se mediatiza y no es la mejor imagen para un chico que se está formando, pero no cabe ninguna duda que el deporte es una herramienta importante para la formación armónica e integral de un individuo y su desempeño social posteriormente.






Conclusiones.
La mayoría de las personas pueden beneficiarse al realizar una actividad física o deporte de forma regular. Es frecuente que la gente piense que hace suficiente ejercicio en el trabajo. Muchos piensan que son demasiado viejos para empezar, otros que su forma física ya es demasiado mala para intentar recuperarla. Obesidad, diabetes, o alguna discapacidad física, pueden ser las razones que desanimen al sujeto para comenzar a realizar actividad física. Pero en muchas ocasiones son simplemente la pereza, o las expectativas de fatiga y dolor las que impiden que ni siquiera llegue a intentarse.

Recomendaciones.
El practicar la educación física o deporte, disminuye el riesgo de mortalidad por enfermedades cardiovasculares en general y en especial de mortalidad por cardiopatía isquémico en grado similar al de otros factores de riesgo como el tabaquismo, alcoholismo. Previene y/o retrasa el desarrollo de hipertensión arterial, y disminuye los valores de tensión arterial en hipertenso. Mejora el perfil de los lípidos en sangre (reduce los triglicérios y aumenta el colesterol HDL. ). Mejora la regulación de la glucemia y disminuye el riesgo de padecer diabetes no insulina dependiente. Mejora la digestión y la regularidad del ritmo intestinal. Disminuye el riesgo de padecer ciertos tipos de cáncer, como el de colon, uno de los más frecuentes y sobre el que al parecer existe mayor evidencia.
Incrementa la utilización de la grasa corporal y mejora el control del peso.
Ayuda a mantener y mejorar la fuerza y la resistencia muscular, incrementando la capacidad funcional para realizar otras actividades físicas de la vida diaria.
Ayuda a mantener la estructura y función de las articulaciones. La actividad física de intensidad moderada, como la recomendada con el fin de obtener
beneficios para la salud, no produce daño articular y por el contrario puede ser beneficiosa para la artrosis.
La actividad física y de forma especial aquella en la que se soporta peso, es esencial para el desarrollo normal del hueso durante la infancia y para alcanzar y mantener el pico de masa ósea en adultos jóvenes.
Ayuda a conciliar y mejorar la calidad del sueño.
Mejora la imagen personal y permite compartir una actividad con la familia y amigos.
Ayuda a liberar tensiones y mejora el manejo del estrés.
Ayuda a combatir y mejorar los síntomas de la ansiedad y la depresión, y aumenta el entusiasmo y el optimismo.
Ayuda a establecer unos hábitos de vida cardio saludables en los niños y combatir los factores (obesidad, hipertensión, hipercolesterolemia, etc.) que favorecen el desarrollo de enfermedades cardiovasculares en la edad adulta.
En adultos de edad avanzada, disminuye el riesgo de caídas, ayuda a retrasar o prevenir las enfermedades crónicas y aquellas asociadas con el envejecimiento. De esta forma mejora su calidad de vida y aumenta su capacidad para vivir de forma independiente.
Ayuda a controlar y mejorar la sintomatología y el pronóstico en numerosas enfermedades crónicas (cardiopatía isquémico, hipertensión arterial, enfermedad pulmonar obstructora crónica, obesidad, diabetes, osteoporosis, etc.)
Disminuye la mortalidad tanto en adultos jóvenes como en los de mayor edad, siendo incluso menor en aquellos que tan sólo mantienen un nivel de actividad física moderado que en los menos activos o sedentarios.